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El Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, publicado en el BOE de 23 de enero de 2009, tiene por objeto regular los Centros Tecnológicos (CT) y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica (CAIT) de ámbito estatal y crear un registro público de carácter informativo y voluntario de dichos centros. Corresponde la llevanza del registro a la Dirección General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial.
Se consideran Centros Tecnológicos de ámbito estatal a aquellas entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y residentes en España, que gocen de personalidad jurídica propia y sean creadas con el objeto, declarado en sus estatutos, de contribuir al beneficio general de la sociedad y a la mejora de la competitividad de las empresas mediante la generación de conocimiento tecnológico, realizando actividades de I+D+i y desarrollando su aplicación. En el caso de los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, serán creados con el objeto, declarado en sus estatutos, de facilitar la aplicación del conocimiento generado en los organismos de investigación, incluidos los centros tecnológicos, mediante su intermediación entre éstos y las empresas, proporcionando servicios de apoyo a la innovación.
La mayoría de los centros tecnológicos de ámbito estatal están asociados a la Federación Española de Entidades de Innovación y Tecnología (Fedit). La actividad de estos centros se ha mostrado esencial para el desarrollo tecnológico e industrial de las PYME españolas y son agentes fundamentales en la Estrategia Estatal de Innovación (e2i), como pone de manifiesto el hecho de que tanto los CTs como los CAITs se incluyen como beneficiarios en las convocatorias de ayudas del Plan Innovacción.
Inscripción en el Registro de Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica
En esta sección puede acceder a la aplicación telemática de solicitud de inscripción en el Registro CT-CAIT, al Manual de uso del Registro y a modelos para presentación de las declaraciones responsables solicitadas para la inscripción. Se acompaña asimismo un enlace donde puede acceder a la aplicación de firma electrónica. En el manual de instrucciones están explicados todos los conceptos relacionados con el Real Decreto 2093/2008 así como con la aplicación telemática. Se recomienda, antes de realizar la solicitud, leer con atención este documento y el propio Real Decreto.
Cualquier duda podrá dirigirla al servicio de atención al ciudadano o a la dirección de correo registrocentrostec@micinn.es
Se puede consultar toda la información relacionada en la parte derecha de la página.