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Formación e investigación

Carta Europea del Investigador y Código de conducta para la contratación de investigadores

La Comisión Europea adoptó el 11 de marzo de 2005 una Recomendación relativa a la Carta Europea del Investigador y al Código de conducta para la contratación de investigadores.

En el ámbito del Derecho de la U.E. las recomendaciones son actos jurídicos no obligatorios que sugieren a sus destinatarios un determinado comportamiento.

La Carta Europea del Investigador reúne una serie de principios que especifican el papel, las responsabilidades y los derechos de los investigadores y de las entidades que emplean y/o financian investigadores. Su objetivo declarado es garantizar que la naturaleza de la relación entre los investigadores y los financiadores o empleadores propicie la generación, transferencia, distribución y difusión de conocimientos y avances tecnológicos, así como el desarrollo profesional de los investigadores. Asimismo, la Carta reconoce el valor de todas las formas de movilidad como medio para ampliar el desarrollo profesional de los investigadores.

La Carta tiene como destinatarios a todos los investigadores de la Unión Europea en cualquier etapa de sus carreras y cubre todos los campos de la investigación en los sectores público y privado con independencia de la naturaleza de los puestos, de la personalidad jurídica del empleador o del tipo de organización o centro en que se realiza el trabajo. Así mismo tiene en cuenta el papel de los investigadores que realizan labores de supervisión, tutoría, gestión y administración.

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